Los magistrados legítimos del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, máximo intérprete de la Constitución y garante del Estado de Derecho, se dirigen al país y a la comunidad internacional ante la grave amenaza que representa la instauración de una necropolítica —el intento del régimen de decidir quién vive y muere civil, social y políticamente— emanada de un régimen antidemocrático y terrorista encabezado por el dictador Nicolás Maduro Moros. Con fundamento constitucional, los magistrados alzan la voz en defensa de la justicia, la libertad y la vida, frente a un régimen que ha tenido como norte la persecución y la exclusión para su permanencia.
Considerando
Primero: Que el artículo 35 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que “los venezolanos y venezolanas por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad”, y que la nacionalidad por naturalización solo podrá ser revocada mediante sentencia judicial firme y de acuerdo con la ley.
Segundo: Que la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía, en su artículo 12, dispone con absoluta claridad la imposibilidad de privación de la nacionalidad venezolana por nacimiento, al indicar que “ninguna autoridad podrá revocarla, suspenderla ni disminuirla de forma alguna”.
Tercero: Que la propuesta de los colaboradores del régimen usurpador de Nicolás Maduro Moros de privar de la nacionalidad a ciudadanos como María Corina Machado, Edmundo González Urrutia, Leopoldo López, Norbey Marín, Miguel Ángel Rodríguez, Iván Simonovis, Omar González, Nitu Pérez Osuna, Dinora Figuera, Antonio Ledezma, Magaly Meda, Carla Angola, entre otros venezolanos, así como las amenazas públicas dirigidas a cualquier disidente, constituyen un acto de necropolítica de Estado y de terror jurídico, que viola flagrantemente la Constitución, los tratados internacionales y los principios universales de los derechos humanos.
Cuarto: Que todo funcionario, autoridad o particular que promueva, solicite o ejecute actos tendentes a despojar a un ciudadano venezolano de su nacionalidad incurre en delitos graves contra la Constitución, los derechos humanos y el Derecho Internacional, siendo responsable individualmente de tales actos.
Resuelve
Primero: Declarar que toda iniciativa, decreto o acto administrativo orientado a privar de su nacionalidad venezolana a cualquier ciudadano o ciudadana por razones políticas, ideológicas o de opinión es nulo de toda nulidad por violar los artículos 19, 23, 35 y 44 de la Constitución, así como el artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Segundo: Advertir que toda persona —autoridad, funcionario o particular— que solicite, apoye, ordene o ejecute acciones destinadas a privar de su nacionalidad a un venezolano comete delitos de lesa humanidad tipificados en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al atentar contra el derecho a la identidad y la pertenencia nacional como expresión esencial de la dignidad humana.
Tercero: Ordenar la apertura de las actuaciones judiciales correspondientes por parte de este Tribunal Supremo de Justicia legítimo, con el objeto de identificar, individualizar y procesar penalmente a quienes resulten responsables de promover o ejecutar tales actos inconstitucionales y degradantes.
Cuarto: Disponer la notificación inmediata a la Corte Penal Internacional (CPI) y a los organismos internacionales de protección de derechos humanos sobre esta amenaza estatal de despojo de identidad, solicitando la incorporación de los autores y hechos a los expedientes abiertos por crímenes de lesa humanidad cometidos por el régimen de Nicolás Maduro Moros.
Quinto: Reafirmar que la nacionalidad venezolana es un derecho inviolable, originario e irrenunciable, y que su privación, por cualquier vía o medio, constituye una forma extrema de persecución política y un acto propio de los regímenes totalitarios que buscan destruir la noción de ciudadanía para someter a la sociedad mediante el miedo y la exclusión.
Dado, firmado y sellado en el exilio, en nombre del pueblo soberano de Venezuela, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
Antonio José Marval Jiménez
Presidente del Tribunal Supremo de Justicia
Pedro Troconis Da Silva – Primer Vicepresidente
Domingo Salgado Rodríguez – Segundo Vicepresidente
Directores: Luis María Ramos Reyes, Zuleima González, Rafael Antonio Ortega Matos, Cioly Yanette Zambrano
Magistrados:
José Fernando Núñez Sifonte, Rommel Gil, Beatriz Josefina Ruiz Marín, Ramón José Pérez Linarez, Rubén Carrillo Romero, Gustavo José Sosa Izaguirre, Luis Manuel Marcano, José Luis Rodríguez Piña, Manuel Antonio Espinoza Melet, Milton Ramón Ladera Jiménez, Cruz Alejandro Graterol, José Sabino Zamora Zamora, Ildefonso I. Pino, Ramsis Gazzhaoui, Álvaro Fernando Marín Riverón, Elenis del Valle Rodríguez Martínez.
Reinaldo Paredes Mena
Secretario













